Centro Nacional de Promoción Social A. C. - cenpros.org.mx: OBLIGACIONES FINANCIERAS OBLIGACIONES FINANCIERAS ================================================================================ on 23/06/2004 05:50:18 DOCUMENTO N° 2 ------------------------- XII CONGRESO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE DE TRABAJADORES DE LA CLAT “EMILIO MÁSPERO” ------------------------- OBLIGACIONES FINANCIERAS Teniendo en cuenta lo establecido en los Estatutos, en los Acuerdos de los Congresos y Consejos de la CLAT, las obligaciones financieras de cada organización afiliada para participar en el XII Congreso, son las siguientes: COTIZACIONES 1. DE LOS ESTATUTOS: Artículo 58: En las reuniones del Congreso, los miembros del Comité Ejecutivo de la CLAT, que participan como tales, serán delegados titulares, pero no dispondrán de voto. Artículo 59: En el Congreso el número de votos de las delegaciones de las organizaciones a que se refiere el Artículo 10 de los presentes Estatutos, será proporcional a los efectivos por los que las mismas pagan sus cotizaciones a la CLAT, estableciéndose la proporcionalidad de votos de la siguiente manera: NO. DE SOCIOS COTIZANTES NO. DE VOTOS MENOS DE 2.500 1 MENOS DE 2.501 A 5.000 2 MENOS DE 5.001 A 10.000 3 MENOS DE 10.001 A 20.000 4 MENOS DE 20.001 A 30.000 5 MENOS DE 30.001 A 40.000 6 MENOS DE 40.001 A 60.000 7 MENOS DE 60.001 A 80.000 8 MENOS DE 80.001 A 100.000 9 MENOS DE 100.001 A 150.000 10 MENOS DE 150.001 A 200.000 11 MENOS DE 200.001 A 250.000 12 MENOS DE 250.001 A 300.000 13 MENOS DE 300.001 A 350.000 14 MENOS DE 350.001 A 400.000 15 MENOS DE 400.001 A 500.000 16 MENOS DE 500.001 A 600.000 17 MENOS DE 600.001 A 700.000 18 MENOS DE 700.001 A 800.000 19 MENOS DE 800.001 A 20 NOTA: En ningún caso una delegación podrá tener más de veinte (20) votos. Artículo 60: El derecho de voto no podrá ser ejercido en las reuniones del Congreso y del Consejo por aquellas delegaciones o representantes cuyas organizaciones no estuvieran al día en sus obligaciones financieras con la CLAT. NOTA: Aplicando esto al XII Congreso y de acuerdo con lo establecido por el 73° Comité Ejecutivo y I Comisión Política Latinoamericana, significa que las obligaciones financieras son las cotizaciones hasta el año 2004, y deberán ser canceladas antes del 31 de agosto del año 2004. Artículo 61: El Comité Ejecutivo de la CLAT podrá invitar al Congreso delegados fraternales con derecho a voz. Asimismo podrá invitar a observadores que no tendrán derecho a voz ni voto. APORTES FINANCIEROS DE LAS ORGANIZACIONES AFILIADAS Y FRATERNALES PARA LOS COSTOS DE REALIZACIÓN DEL XII CONGRESO DE LA CLAT * Cada Organización Afiliada a los efectos de su inscripción y participación en el XII Congreso, pagará la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA DOLARES (US$ 250,00) que deberá ser pagados en efectivo previamente a la inscripción de sus delegados. * Cada Delegado Titular, Fraternal u Observador, participante en el Congreso, deberá pagar como inscripción la suma de CINCUENTA DOLARES (US$ 50,00) que le dará derecho a recibir toda la documentación. * Cada Organización Afiliada, realizará actividades y campañas financieras para constituir un FONDO con el objeto de solventar los diferentes gastos que exige su participación en el Congreso. NOTA: Los invitados especiales participarán según las condiciones establecidas en la invitación cursada a cada uno.